Lapso de flagrancia presunta y su relación con la impunidad en investigaciones criminales Lima – 2023
Palabras clave:
Flagrancia, impunidad, Policía Nacional del Perú (PNP), detención policial, arresto ciudadano, detención preliminar judicialResumen
La “flagrancia presunta”, tiene un lapso de veinticuatro horas dentro del cual los efectivos de la Policía Nacional de Perú (PNP) pueden realizar la aprehensión de los implicados sin tener una orden del juez; si bien es cierto, resulta interesante el plazo para este tipo de flagrancia, en comparación con el cortísimo tiempo que acarrea una flagrancia “con las manos en la masa” o de la “cuasi flagrancia” que opera cuando el sujeto es seguido y atrapado, este no sería el suficiente para el desarrollo de una de las finalidades que tienen sus miembros, que según el Art. 166° de la Constitución Política del Perú (CPP,1993) es la de “prevenir, combatir e investigar la delincuencia”. La presente investigación tuvo como Objetivo: Demostrar que existe una relación significativa entre el lapso de flagrancia presunta y la impunidad. Método: El nivel es descriptivo – correlacional; de diseño no experimental, corte transversal y análisis documental, la muestra fue de 64 detectives a quienes se les aplicó encuestas tipo Lickert. Resultado: Se obtuvo como resultado principal que el actual lapso de flagrancia presunta de 24 horas está en relación directa con la impunidad. Conclusión: Un lapso de 72 horas para la flagrancia presunta podría mejorar la efectividad de las investigaciones y reducir la impunidad en casos criminales.
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Derechos de autor 2024 Walter Martín Matos Guerrero
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